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Prohibición del uso de cigarrillos electrónicos en los centros educativos

La Secretaría General de Educación ha publicado unas instrucciones informando que no se permite el uso de cigarrillos electrónicos, tanto en  lugares cerrados como en los recintos al aire libre en los centros educativos de Andalucía.

Si bien existe un vacío legal al respecto de la venta, promoción, publicidad y uso de estos dispositivos, la utilización de los mismos contraviene lo previsto en la Ley 28/2005 de 26 de diciembre de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, en relación con los espacios libres de humos referidos en la mencionada Ley, entre ellos los centros educativos y parques infantiles.

De igual forma, fundamenta su decisión en la la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública.

En relación a este asunto, ya existe un acuerdo entre el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas para restringir el uso de los cigarrillos electrónicos en espacios públicos, que podría quedar plasmado y entrar en vigor a partir de la reforma de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios que se está tramitando actualmente en el Congreso.

De hecho, Andalucía se ha adelantado anunciando que los cigarrillos electrónicos ya no podrán utilizarse en centros sanitarios, sociales y educativos dependientes de la Junta, así como en ningún otro centro donde haya actividad con menores, todo ello a la espera de una normativa nacional.

Más información en:

http://www.juntadeandalucia.es/educacion/educacion/nav/contenido.jsp?pag=/Contenidos/OEE/ordenacion/Instrucciones_Cigarrillo_Electronico&vismenu=0,0,1,1,1,1,0,0,0