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Formación Programada para empresas | Instituto FOC - FP Informática Online
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Formación Programada para las empresas


La formación programada viene a sustituir el anterior modelo de Formación Bonificada.

Se han desarrollado importantes medidas en el marco del sistema de formación profesional para el empleo a través del Real Decreto 4/2015, de 22 de marzo, y posteriormente con la aprobación de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral. Este sistema tiene diversos objetivos:

  • Fomentar la formación de los trabajadores desempleados y ocupados a lo largo de la  vida.
  • Contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas.
  • Atender las necesidades de las empresas, proporcionando a los trabajadores competencias y los conocimientos adecuados.
  • Potenciar el pleno empleo y de calidad.
  • Reconocer y acreditar las competencias profesionales adquiridas por los trabajadores.
  • Fortalecer la negociación colectiva para adecuar la oferta formativa a las necesidades del sistema productivo, así como eficiencia y transparencia en la gestión de los recursos públicos, garantizando el principio de tolerancia cero contra el fraude en la gestión de fondos de formación profesional para el empleo.

Iniciativas de la Formación Profesional para el Empleo


La formación programada para la empresas es una de las iniciativas de formación profesional para el empleo, dirigidas la  adquisición, mejora y actualización permanente de las competencias y cualificaciones profesionales, favoreciendo la formación a lo largo de toda la vida de la población activa.

Las empresas podrán organizar la formación de sus trabajadores por sí mismas, así como impartir la formación empleando para ello medios propios o bien recurriendo a su contratación.

La empresa deberá comunicar el inicio y la finalización de las acciones formativas programadas y podrán encomendar la organización de la formación a una entidad formativa externa, la cual deberá estar acreditada y/o inscrita en el registro de entidades de formación habilitado por la Administración pública competente.

Otras iniciativas de la formación profesional para empleo son la oferta formativa para trabajadores ocupados y trabajadores desempleados, permisos individuales de formación y la formación en alternancia con el empleo, como la acción formativa de los contratos para la formación y el aprendizaje.

Financiación de los costes de la formación bonificada


Para la financiación de los costes derivados de la formación programada para las empresas y sus trabajadores, anualmente, desde el primer día del ejercicio presupuestario, las empresas dispondrán de un «crédito de formación», que podrán hacer efectivo mediante bonificaciones en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social a medida que realicen la comunicación de finalización de las acciones formativas. El importe de este crédito de formación se obtendrá en función de las cuantías ingresadas por cada empresa el año anterior en concepto de cuota de formación profesional y el porcentaje, que en función de su tamaño, se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio.

Las empresas participarán con sus propios recursos en la financiación de la formación de sus trabajadores según los porcentajes mínimos que, en función de su tamaño, a excepción de las empresas de 1 a 5 trabajdores que resultan exentas de esta obligación:

Empresas de 6 a 9 trabajadores 5%
De 10 a 49 trabajadores 10%
De 50 a 249 trabajadores 20%
De 250 o más trabajdores 40%

Tramitación de la Formación Programada para empresas


Realizar la tramitación de la formación con Instituto FOC es muy fácil, sólo tienes que realizar los siguientes pasos:

1. Cumplimenta la documentación.

Cumplimenta el documento de adhesión al contrato, la matrícula de solicitud y los requisitos para la bonificación de la formación.

2. Envío de documentación.

Envía los formularios originales, firmados y sellados por el responsable de la empresa, a la siguiente dirección:

Instituto FOC

Joaquín Blume, 2

18200 – Maracena Granada 

También puedes agilizar el envío a cursos@foc.es  para que podamos comenzar a realizar la gestión hasta la recepción del original.

3. Tramitación de la formación.

FOC se ocupará de tramitar y gestionar la formación con la Fundación Estatal para la Formación y el Empleo (Fundación Tripartita), así como contactar con la empresa anexada.

Una vez finalizado el curso, se le remitirá a la empresa una Carta certificada con el desglose de costes para practicar la bonificación que le corresponda en los Seguros Sociales. Esa carta incluirá también el Diploma acreditativo del alumno.

Si lo desea, le damos la opción de realizar la gestión por teléfono, o solicitar la visita de un asesor de FOC a tu despacho para ayudarte en su tramitación o a aclarar las dudas que puedas tener.

REQUISITOS PARA BONIFICARSE LOS CURSOS

Para poder disfrutar de estas bonificaciones se requiere:

1) Obtener la conformidad previa de la representación legal de los trabajadores en los cursos realizados.

2) Haber realizado la formación.

3) Acreditar el pago de la misma.

4) Estar al corriente de pago de cotización a la Seguridad Social.

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DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LA FORMACIÓN PROGRAMADA


En breve estará disponible toda la documentación relativa al proceso de gestión administrativa de la FORMACIÓN PROGRAMADA.

 

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